Condiciones generales de Emba-Protec GmbH & Co. KG


Las relaciones comerciales entre Emba-Protec (en lo sucesivo, el Contratista) y sus socios contractuales (en lo sucesivo, el Cliente) se regirán exclusivamente por las siguientes Condiciones Generales en la versión válida en el momento del pedido. Forman parte integrante de todas las entregas y servicios prestados por el Contratista a su Cliente.

El Contratista sólo estará vinculado por condiciones comerciales y de compra divergentes si las ha acordado por escrito. Contrato de compra/cesión de derechos y obligaciones El Contratista fabrica embalajes de protección en particular y embalajes estándar en general y los vende en el mercado. La información contenida en folletos, anuncios, documentación, etc. está sujeta a cambios y no es vinculante; no es garantía de calidad a menos que la garantía se dé expresamente y por escrito. El Contratista está autorizado a utilizar subcontratistas.
El contrato sólo se perfeccionará cuando el Contratista confirme el pedido o cuando éste se ejecute.
Hasta entonces, las ofertas no son vinculantes. El cliente está obligado a aceptar la mercancía.

En caso de que el Contratista se niegue seria y definitivamente a cumplir, el Contratista tendrá derecho a rescindir el contrato mediante declaración escrita y a reclamar daños y perjuicios por incumplimiento. En el caso de pedidos sin fecha de entrega fija, el Cliente estará obligado a aceptar la mercancía a más tardar 4 semanas después de la notificación de finalización. Si los artículos deben suministrarse de acuerdo con dibujos, modelos o muestras facilitados por el Cliente, éste deberá garantizar que la fabricación y la entrega no infringen los derechos de propiedad industrial de terceros. Si la fabricación o la entrega están prohibidas por terceros en referencia a un derecho de propiedad que les pertenezca, se interrumpirá la fabricación y la entrega. El Contratista no está obligado a comprobar la situación legal. En este caso, quedan excluidas todas las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del cliente.
El cliente deberá reembolsar los gastos ocasionados. Las muestras son productos personalizados.


Pueden facturarse del mismo modo que los bocetos, borradores, ilustraciones finales e impresiones de prueba, incluso si no se ha materializado un pedido tras una oferta de la Empresa. El cliente deberá abonar un anticipo razonable previa solicitud por todos los daños directos e indirectos derivados de la infracción y reivindicación de los derechos de propiedad antes mencionados. Los derechos de autor de las muestras de embalaje, borradores, películas o diseños producidos por la Empresa, incluido el derecho de reproducción, seguirán perteneciendo a la Empresa sin aprobación expresa por escrito. Si el pedido no se materializa o si se pone fin a la relación comercial, las muestras deberán devolverse al Contratista.
No podrán ponerse a disposición de terceros, en particular fuera de la relación comercial. Si el cliente suministra accesorios, está obligado a suministrarlos gratuitamente a nuestra fábrica y con un recargo del 5-10% según el acuerdo para los eventuales rechazos. La entrega deberá efectuarse a su debido tiempo, en perfecto estado y en cantidades tales que sea posible un procesamiento ininterrumpido. El Cliente estará obligado a pagar los costes adicionales que se produzcan si no se realiza la entrega a tiempo y en cantidad. En este caso, el Contratista se reserva el derecho de interrumpir la producción y reanudarla en una fecha posterior a la inicialmente acordada.


Precios Los precios son franco fábrica.
Los costes adicionales derivados de negligencia por parte del cliente se remunerarán aparte. Los precios se basan en las respectivas listas de precios o bases de cálculo vigentes. No incluyen el impuesto sobre el valor añadido.
Los precios no incluyen los gastos de envío. A petición del cliente, aseguraremos los envíos contra robo, rotura, incendio y daños de transporte a cargo del cliente. Si no recibimos instrucciones especiales de envío, enviaremos la mercancía utilizando el método de envío más favorable habitual para este tipo de envíos, a nuestra discreción.


Pago/incumplimiento de pago/compensación Salvo que se acuerde lo contrario, se aplicarán las siguientes condiciones de pago:

Para las entregas de mercancías, el pago se espera dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la factura con un descuento del 2%, de lo contrario no más tarde de 30 días netos. El empresario tiene derecho a exigir el pago por adelantado o cobrar el pago contra reembolso. Por lo demás, el pago, los precios de los servicios auxiliares y los costes desembolsados vencerán en el momento de la entrega del objeto de compra - pero a más tardar 10 días después de la recepción de la notificación de disponibilidad y entrega o del envío de la factura para el pago de acuerdo con las condiciones de pago acordadas y sólo podrá realizarse con efecto liberatorio al contratista directamente o a una cuenta bancaria o de giro postal especificada por el contratista.



Las órdenes de pago, cheques y letras de cambio sólo se aceptarán previo acuerdo especial por escrito y únicamente a cuenta de la prestación, cobrándose todos los gastos de cobro y descuento. Las facturas de materiales auxiliares, como planchas de impresión (clichés) y herramientas, serán pagaderas inmediatamente sin deducción alguna. Si el Cliente se retrasa en los pagos -en el caso de acuerdos sobre pagos parciales con dos plazos consecutivos- el Contratista podrá, sin perjuicio de sus demás derechos, rescindir el contrato tras la expiración infructuosa de un periodo de gracia razonable establecido para el Cliente.
El derecho de rescisión también existirá si se conocen circunstancias que puedan reducir la solvencia del cliente. Se aplicarán intereses de demora del 8% por encima del tipo básico respectivo si el cliente es una persona física o jurídica o una sociedad con capacidad jurídica que actúa en el ejercicio de su actividad comercial o profesional independiente en el momento de celebrar el contrato para el objeto de compra.

El empresario se reserva el derecho a probar daños mayores causados por la mora. El precio de compra es pagadero en su totalidad de acuerdo con esta sección. El cliente incurrirá en mora 10 días después de la fecha de vencimiento, sin necesidad de ninguna otra declaración por parte del vendedor, si no ha pagado. En caso de que existan defectos, el cliente no tendrá derecho a retención en la medida en que ésta no guarde una proporción razonable con los defectos y los costes previstos del cumplimiento posterior (en particular, la subsanación de defectos).
Además, el cliente sólo estará autorizado a ejercer un derecho de retención en la medida en que su contrademanda se base en la misma relación contractual. La compensación por parte del cliente sólo estará permitida con el consentimiento expreso y por escrito del contratista. Queda excluido el ejercicio de un derecho de retención por parte del cliente frente a reclamaciones por nuestra parte. Estas restricciones sólo se aplicarán si el cliente es una persona en el sentido de la Sección 310 (1) frase 1 BGB.




Además, esta restricción no se aplicará si las reclamaciones son indiscutibles o se han establecido legalmente. Entregas/Demora en la entrega/Transferencia del riesgo/Embalaje El cliente correrá con los gastos de envío desde el lugar de establecimiento del empresario, a menos que superen una proporción razonable con respecto al valor del servicio. Las fechas de entrega y los plazos de entrega, que pueden acordarse como vinculantes o no vinculantes, deberán especificarse por escrito. Los plazos de entrega comenzarán a contar a partir de la celebración del contrato.
Si posteriormente se acuerdan modificaciones por escrito del contrato, se acordará al mismo tiempo una nueva fecha de entrega o un nuevo plazo de entrega si fuera necesario. El Contratista será responsable de los retrasos en la ejecución en caso de dolo o negligencia grave por parte del Contratista o de un representante o auxiliar ejecutivo de conformidad con las disposiciones legales. En otros casos de retraso en el cumplimiento, la responsabilidad del Contratista por daños y perjuicios, además o en lugar del cumplimiento, se limitará al 5% del valor de la parte de la entrega afectada por el retraso. Quedan excluidas cualesquiera otras reclamaciones del Cliente, incluso tras la expiración de cualquier plazo fijado por el Contratista para el cumplimiento. La duración del plazo de gracia a establecer por el cliente por ley se fijará en seis semanas. El plazo comenzará a contar a partir de la recepción del plazo de gracia por parte de la Empresa.

La limitación anterior no se aplicará a la responsabilidad por lesiones a la vida, la integridad física o la salud. La Empresa se reserva el derecho de etiquetar las mercancías con logotipos de la empresa, números de identificación de la empresa, etc. en la medida en que sea habitual en el sector. La Empresa no será responsable de los retrasos en la entrega causados por órdenes legales u oficiales (por ejemplo, restricciones a la importación y exportación). Lo mismo se aplica en caso de fuerza mayor, disturbios, huelgas, cierres patronales y perturbaciones operativas significativas de las que el Contratista no sea responsable. El cliente no podrá derivar de ello ninguna reclamación por daños y perjuicios. Si el cumplimiento se retrasa más de cuatro semanas por estos motivos, el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato con respecto al cumplimiento afectado por el retraso.
Quedan excluidas cualesquiera otras reclamaciones, a menos que el retraso se deba, como mínimo, a negligencia grave. Si la entrega resulta imposible, el cliente podrá exigir una indemnización de conformidad con las disposiciones legales. Sin embargo, la reclamación del cliente por daños y perjuicios además o en lugar de la prestación y por el reembolso de gastos inútiles se limitará al 5% del valor de la parte de la entrega que no pueda utilizarse debido a la imposibilidad. Quedan excluidas otras reclamaciones del cliente por imposibilidad de entrega. Esta limitación no se aplicará en casos de responsabilidad basada en dolo, negligencia grave o lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
El derecho del cliente a rescindir el contrato no se verá afectado. Si el cliente se demora en la aceptación o incumple otras obligaciones de cooperación, el empresario tendrá derecho a exigir una indemnización por los daños sufridos por el empresario, incluidos los costes de almacenamiento u otros gastos adicionales.
En este caso, el riesgo de pérdida accidental o de deterioro accidental de la mercancía también pasará al cliente al producirse el incumplimiento de la aceptación. Por cada entrega de mercancía paletizada, el cliente deberá devolver a la empresa, paso a paso, el mismo número de palés equivalentes que haya recibido. Con el fin de contabilizar el tráfico de palés, el Contratista llevará una cuenta de palés para el Cliente de acuerdo con los documentos de expedición reconocidos por el Cliente para los palés recibidos y devueltos. Los pallets no devueltos o devueltos dañados se facturarán al precio de reposición.




Reserva dedominio El Contratista conservará la propiedad de la mercancía hasta que ésta haya sido pagada en su totalidad. La reserva de dominio también seguirá vigente para todas las reclamaciones que el Contratista tenga contra el Cliente en relación con el objeto de compra, por ejemplo. Además, la reserva de dominio también seguirá vigente para todas las reclamaciones que el Contratista tenga contra el Cliente derivadas de sus relaciones comerciales en curso si el Cliente es una persona física o jurídica o una sociedad con capacidad jurídica que esté actuando en el ejercicio de su actividad comercial o profesional independiente al celebrar el contrato sobre el objeto de compra.


A petición del cliente, el empresario está obligado a renunciar a la reserva de dominio si el cliente ha satisfecho todas las reclamaciones en relación con el objeto de compra y existe una garantía adecuada para las reclamaciones restantes de la relación comercial en curso. La reserva de dominio también permanecerá en vigor si las reclamaciones individuales del empresario están incluidas en una factura corriente y el saldo está girado y reconocido. Si el cliente es un revendedor, está autorizado a revender bajo reserva de dominio y a alquilar en el curso ordinario de su negocio. Sin embargo, está obligado a informar por escrito al empresario de los compradores, la forma de distribución y la ubicación de los artículos tan pronto como una factura del empresario no haya sido pagada a tiempo.
El cliente cede por la presente todas las reclamaciones y demandas contra terceros a las que tenga derecho a partir de la reventa, el arrendamiento u otros actos jurídicos por el importe de las reclamaciones a las que aún tenga derecho la empresa. El cliente almacenará las mercancías bajo reserva de propiedad para la empresa. La asegurará contra los riesgos habituales de incendio, robo y agua en la medida habitual.

Por la presente, el Cliente cede al Contratista sus reclamaciones de indemnización a las que tenga derecho frente a compañías de seguros u otras partes responsables de la indemnización derivada de daños del tipo antes mencionado, por un importe equivalente al valor de factura de la mercancía. No se permite la pignoración o cesión a modo de garantía de la mercancía sujeta a reserva de dominio ni de las reclamaciones cedidas. Si el Cliente, por su parte, ha cedido reclamaciones en el marco de un auténtico factoring, cede al Contratista la reclamación frente al factor que ocupe su lugar.



Por la presente, la Empresa acepta la cesión. La autorización del Cliente para vender, transformar o instalar mercancías sujetas a reserva de dominio en el curso ordinario de los negocios finalizará con la revocación por parte de la Empresa como resultado de un deterioro sostenido de la situación financiera del Cliente, pero a más tardar con su suspensión de pagos o con la solicitud o apertura de un procedimiento de insolvencia contra sus activos. Si las mercancías sujetas a reserva de dominio son transformadas por el Cliente en un nuevo bien mueble, la transformación se llevará a cabo para la Empresa sin que la Empresa esté obligada a ello. El nuevo bien pasa a ser propiedad del empresario.

En caso de mezcla, transformación o combinación con mercancías que no pertenezcan a la Empresa, ésta adquirirá la copropiedad en la proporción de los valores de facturación de sus mercancías reservadas con respecto al valor total. Si el valor de los créditos cedidos como garantía supera nuestros créditos en un total del 20%, estaremos obligados a retransferirlos en esta medida a petición del revendedor. A petición, el revendedor está obligado a informar a sus clientes de la cesión de créditos y a comunicar por escrito al empresario qué créditos tiene frente a qué clientes. Está autorizado a cobrar las reclamaciones a pesar de la cesión. El derecho del contratista a cobrar los créditos no se verá afectado por esta autorización de cobro. Sin embargo, el empresario no cobrará los créditos por sí mismo mientras el revendedor cumpla debidamente sus obligaciones de pago.

La autorización para cobrar expirará si el revendedor no cumple debidamente con sus obligaciones de pago. Las planchas de impresión (clichés), herramientas y otros medios auxiliares encargados por cuenta del empresario seguirán siendo propiedad de éste, incluso si los costes de producción han sido facturados total o parcialmente y pagados por el cliente. La Empresa no está obligada a devolver estos artículos al Cliente.
El Contratista no garantiza el almacenamiento más allá de tres años. El Contratista tiene derecho a exigir la devolución de los artículos de su propiedad en cualquier momento si el cumplimiento de sus reclamaciones parece estar en peligro o si el Cliente o su comprador incumple las obligaciones que le incumben.



No se podrá hacer valer un derecho de retención frente a esta reclamación de devolución. Si el Contratista retira el objeto de entrega sobre la base de la retención de la propiedad, esto sólo constituirá una rescisión del contrato si así se ha declarado expresamente. El Cliente deberá informar al Contratista inmediatamente por escrito de todo acceso por parte de terceros a su propiedad o a las reclamaciones y derechos cedidos al Contratista -en particular de medidas de ejecución y embargos-, así como de cualquier otro daño que se produzca en su propiedad.
Todas las reclamaciones y derechos derivados de la retención de la titularidad de todas las formas especiales especificadas en estos términos y condiciones también permanecerán en vigor hasta la liberación total de las responsabilidades contingentes que el Contratista haya contraído en interés del Cliente.




Garantía El Contratista no garantiza que los bienes cumplan los requisitos específicos del Cliente, a menos que haya dado una garantía a tal efecto. El Cliente es consciente de que los productos del Contratista están sujetos a ciertos cambios en el curso del desarrollo técnico.
Por lo tanto, el Contratista se reserva el derecho a desviaciones en el tamaño, lisura, pureza del papel, encolado, adhesión e impresión, así como otras especificaciones técnicas habituales en la industria. El Cliente es consciente de que no pueden excluirse con certeza defectos en la mercancía.
En caso de reclamaciones debidamente planteadas y fundamentadas por parte del Cliente, la Empresa, a su discreción, subsanará el defecto gratuitamente o entregará un artículo libre de defectos. El Cliente está obligado a inspeccionar la mercancía en busca de defectos evidentes inmediatamente después de la entrega, en la medida en que esto sea posible y razonable. Cualquier defecto obvio descubierto durante la inspección deberá ser comunicado al Contratista inmediatamente después de su descubrimiento, a ser posible por escrito y documentado de forma comprensible. Si los defectos descubiertos no se comunican inmediatamente, el cliente ya no podrá hacer valer ningún derecho de garantía debido a defectos.


Las disposiciones de los §§ 377, 387 HGB no se verán afectadas por esta regulación. Cualquier asesoramiento proporcionado no constituye ninguna responsabilidad independiente más allá de la garantía de un contrato de compra o de trabajo. Nuestra garantía por defectos materiales para bienes nuevos es de un año a partir de la entrega.


En la medida en que las disposiciones anteriores sobre los requisitos y las consecuencias del cumplimiento posterior y la rescisión no contengan disposiciones divergentes o no las contengan, se aplicarán las disposiciones legales sobre estos derechos. En caso de rescisión del contrato, el cliente deberá una indemnización razonable por el uso durante el periodo hasta el momento de la rescisión. La reclamación del cliente por daños y perjuicios se determinará de acuerdo con la siguiente Sección VII.



Indemnización/responsabilidad Si la mercancía no puede ser utilizada por el cliente de conformidad con el contrato por culpa del empresario como consecuencia de una entrega defectuosa, se aplicarán en consecuencia las disposiciones de la Sección VII. y de la Sección VIII.





Nº 2. El contratista sólo será responsable de los daños que no se hayan producido en el propio objeto de entrega -cualquiera que sea el fundamento jurídico- en caso de dolo; en caso de negligencia grave por parte del propietario, empleados ejecutivos; en caso de lesión culposa de la vida, la integridad física o la salud; en caso de defectos y otras circunstancias que se hayan ocultado fraudulentamente; o en caso de defectos cuya ausencia se haya garantizado, o en la medida en que se haya dado una garantía de calidad u otra garantía.
En caso de incumplimiento culpable de las obligaciones contractuales materiales, el Contratista también será responsable por negligencia grave por parte de los empleados no ejecutivos y por negligencia leve, en este último caso limitada a los daños razonablemente previsibles típicos del contrato.



Por lo demás, la Empresa no será responsable del lucro cesante ni de otras pérdidas económicas sufridas por el Cliente. Quedan excluidas otras reclamaciones, en particular la responsabilidad objetiva. La responsabilidad en virtud de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos no se verá afectada. En los casos de la Sección VII. nº 2 lit. a) a e), se aplicarán los plazos legales a todas las reclamaciones.



Lugar de jurisdicción/lugar de cumplimiento/interpretación del contrato El lugar de cumplimiento y jurisdicción es el domicilio social del empresario.
Sin embargo, el empresario también tiene derecho a demandar al cliente en su fuero general. El fuero exclusivo para todas las reclamaciones presentes y futuras derivadas de la relación comercial con comerciantes, personas jurídicas de derecho público, incluidas las reclamaciones de letras de cambio y cheques, es el domicilio social del empresario.


El mismo fuero se aplicará si el cliente no tiene fuero general en Alemania, traslada su domicilio o residencia habitual fuera de Alemania tras la celebración del contrato o se desconoce su domicilio o residencia habitual en el momento de interponer la demanda. Se aplicará exclusivamente el derecho alemán. En caso de que alguna disposición de este contrato sea total o parcialmente inválida o pierda su validez jurídica, la validez del resto del contrato no se verá afectada. Lo mismo se aplica si se encuentra una laguna en este contrato. La disposición inválida se sustituirá o la laguna se colmará con una disposición adecuada que, en la medida en que sea jurídicamente posible, se aproxime más a lo que las partes contratantes pretendían o habrían pretendido según el sentido y la finalidad del contrato si hubieran considerado este punto. Si la invalidez de una disposición se basa en una medida de ejecución o de tiempo (plazo o fecha), una medida legalmente admisible ocupará su lugar. Las partes contratantes están obligadas a realizar el cambio necesario modificando formalmente la redacción del contrato. En todos los demás aspectos, se aplicarán las disposiciones legales del Código Civil alemán (BGB) y, si no se trata de negocios jurídicos con consumidores, el Código de Comercio alemán (HGB).

 

 



Estado enero de 2014